2.1.2 EL DERECHO A UNA EDUCACIÓN INTERCULTURAL Y BILINGÜE DE CALIDAD
2.1.2 EL DERECHO A UNA EDUCACIÓN INTERCULTURAL Y BILINGÜE DE CALIDAD

No basta con decir y reconocer que la diversidad es una potencialidad, esto debe manifestarse en políticas públicas y acciones concretas para trabajar a partir de ella. En la educación esto se concretiza en el desarrollo de una educación intercultural para todos y bilingüe donde se requiere por las características de los estudiantes, que pueden ser de pueblos originarios que tienen un lengua originaria como lengua materna u otros sectores que optan por aprender una lengua originaria como segunda lengua.
La Ley General de Educación, en su artículo 8, señala que la interculturalidad es un principio que sustenta la educación peruana, y que “asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las diversas culturas del mundo”.
Además de la educación intercultural, que es para todos, está el derecho humano fundamental de los niños, niñas y adolescentes de cualquier cultura y lugar del mundo a recibir una educación en su lengua materna. En el caso de los niños, niñas y adolescentes de los pueblos originarios que tienen una lengua originaria como lengua materna, su educación básica debe darse en esta lengua, y tienen derecho igualmente a aprender el castellano, que es la lengua de comunicación nacional, como segunda lengua. Este derecho está consagrado en la Constitución Política del Perú, promulgada en 1993, que establece que toda persona tiene derecho “a su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la nación. Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante intérprete” (art. 2, inciso 19). Establece, igualmente, que el Estado “fomenta la educación bilingüe e intercultural, según las características de cada zona. Preserva las diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del país. Promueve la integración nacional” (art. 17). Además, se declara que “son idiomas oficiales el castellano y, en las zonas donde predominen, también lo son el quechua, el aimara y las demás lenguas aborígenes, según Ley” (art. 48).
A nivel nacional, además de la Constitución Política del Perú, la Ley General de Educación y la Ley para la Educación Bilingüe Intercultural, garantizan y reconocen el derecho a la educación de los pueblos indígenas u originarios, tanto andinos, costeños como amazónicos.
Al respecto, la Defensoría del Pueblo plantea que “La EIB es un derecho fundamental de los pueblos indígenas, reconocido tanto en la legislación nacional como en la internacional. Este derecho se fundamenta en la premisa de la plena participación de las lenguas y de las culturas indígenas durante el proceso de enseñanza, así como en el deber de reconocer la pluralidad étnica y cultural como atributo positivo para el aprendizaje en una sociedad”.
En el plano internacional, el derecho a la Educación Intercultural Bilingüe está reconocido y garantizado por diversos tratados y leyes, entre ellos el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el que reconoce que los miembros de los pueblos indígenas tienen el derecho de recibir instrucción en todos los niveles en condiciones de igualdad con el resto de la comunidad nacional. Dice, además, que la educación de los pueblos indígenas deberá ser de calidad, de tal manera que los estudiantes puedan participar en el efectivo disfrute de sus derechos.
A partir de lo expuesto, la educación intercultural bilingüe busca desarrollar competencias interculturales en los estudiantes, y formar ciudadanos que puedan desenvolverse adecuadamente en diversos contextos socioculturales y comunicarse adecuadamente en dos o más lenguas: una lengua originaria, el castellano para la comunicación nacional, y una lengua extranjera para espacios de intercambio más amplios. Esto implica trabajar un conjunto de aspectos educativos como las actitudes, la afectividad, los enfoques, conceptos y conocimientos de dos o más culturas, así como el manejo de dos o más lenguas con metodologías adecuadas y desde un enfoque intercultural.
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